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Entrega de InformaciónA todos los afiliados de Data-Crédito, los cuales han suscrito un debido contrato de servicios, se les requiere que suministren las cuentas por cobrar de sus clientes con una periodicidad mínima de cada 30 días. De la Ley 172-13 sobre la Protección de Datos de Carácter Personal, Sección III, artículos 59 y 61: Artículo 59.- A los fines de proteger al titular de la información, y de promover la exactitud, la veracidad y la actualización oportuna y eficaz de la base de datos de las Sociedades de Información Crediticia (SIC), los aportantes de datos deberán suministrar a la Sociedad de Información Crediticia (SIC), por lo menos dos (2) veces al mes, los datos actualizados de sus clientes o consumidores, de tal modo que permita la correcta e inequívoca identificación, localización y descripción del nivel de endeudamiento del titular en un determinado momento. Artículo 61.- Las Sociedades de Información Crediticia (SIC), dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la información suministrada por los aportantes de datos, deberán proceder a actualizar su base de datos, de manera diligente y eficaz, salvo el caso de fuerza mayor o de imposible ejecución. |
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Nuestra oficina está ubicada en la dirección siguiente: | ||||||||
En Santo Domingo :
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Versión de esta página web: 2013.01.23.1 |